En los últimos están creciendo los casos de impagos de alquiler, y por ello cada vez es más solicitado el servicio de los abogados de desahucios.
Para ello en ILEX ABOGADOS disponemos de un equipo de abogados especializados en desahucios y en toda la problemática y casuística que lleva consigo.
Qué es el desahucio
El desahucio es la acción de que dispone todo titular de un inmueble para desalojar al arrendatario o al ocupante cuando se cumplen las causas que determinan la Ley o el propio contrato de arrendamiento.
Entre estas causas estaría el cumplimiento del plazo pactado, el subarriendo o la cesión no consentidos por el propietario, la producción de daños en el inmueble y la causa más habitual, el impago de la renta o de gastos cuyo pago haya asumido el arrendatario (suministros, gastos de comunidad, etc).
Procedimiento para iniciar un desahucio
El juicio verbal de desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad se inicia por una demanda firmada por Abogado y Procurador en la que se solicita que se declare resuelto el contrato de arrendamiento por la falta de pago, que se condene al desalojo del inmueble (incluso por la fuerza si fuera necesario) y al pago de las cantidades que se deban.
Tras la presentación de la demanda en el Juzgado, se requerirá al demandado para que, en el plazo de 10 días, realice una de estas actuaciones:
- que desaloje el inmueble, con lo que se archivará el procedimiento respecto del desahucio continuando por las cantidades debidas directamente como ejecución;
- que pague la totalidad de lo que deba, en cuyo caso puede considerarse que existe enervación y, por lo tanto, no procederá el desalojo;
- que se oponga a la demanda alegando las razones por las que considera que no debe en todo o en parte la cantidad reclamada, en cuyo caso el procedimiento terminará mediante Sentencia tras la celebración de un juicio;
- que no haga nada, lo que implicará el inmediato lanzamiento o desalojo forzoso en la fecha señalada.
Procedimiento de desahucio contra okupas
Por último, no puede pasarse por alto, ya que cada vez es más frecuente, que existe un mecanismo específico para defenderse frente a las ocupaciones ilegales llevadas a cabo por los denominados okupas. Para estos casos existe el juicio verbal de tutela sumaria de la posesión
Este procedimiento puede ser utilizado por el propietario de la vivienda ocupada. Se inicia por demanda en la que únicamente hay que acreditar la propiedad y manifestar que la vivienda ha sido ocupada de forma ilegítima (sin título y por la fuerza).
Admitida a trámite se acuerda requerir a los okupas para que en el plazo de 5 días aporten al Juzgado los títulos en los que basan su derecho a ocupar (un contrato de alquiler, un contrato de precario, etc) y, si no los presentan, se ordena la inmediata entrega del inmueble a su propietario.