La plusvalía municipal es un impuesto que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana puesto de manifiesto al transmitir la propiedad o un derecho real sobre un inmueble urbano.

Hay varias sentencias sobre la Plusvalía Municipal dictadas por el Tribunal Constitucional, en las cuales se declara la inconstitucionalidad y nulidad de varios artículos de la Ley de Haciendas Locales, sobre el sistema de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal).

Por ello la situación ahora mismo respecto a este impuesto es la siguiente:

  • La primera sentencia sobre la plusvalía municipal fue la Sentencia del Tribunal Constitucional n° 59/2017, de 11 de mayo, que declaró que, ante la ausencia de incremento de valor en la transmisión de bienes inmuebles, no podía haber sujeción a la plusvalía municipal. Desde entonces, cualquier operación inmobiliaria de naturaleza urbana sin incremento de valor en el terreno no debe pagar plusvalía. Y si la pagaste, tienes derecho a solicitar su devolución en el plazo de 4 años.
  • La segunda sentencia sobre la plusvalía municipal fue la Sentencia del Tribunal Constitucional nº 126/2019, de 31 de octubre de 2019, que declaró que, aún habiendo incremento de valor, si la cuota a satisfacer por plusvalía era superior al incremento patrimonial obtenido por el contribuyente, tampoco podía haber sujeción al impuesto. Por lo tanto, también en este caso tienes derecho a solicitar su devolución en el plazo de 4 años.
  • Y, ahora, en apenas 4 años, el Tribunal Constitucional se ha vuelto a pronunciar al respecto de la plusvalía municipal para, en su Sentencia de 26 de octubre de 2021, dejarla sin fórmula con la que calcular su cuota tributaria en tanto en cuanto el método objetivo que emplea para ello provoca que siempre exista un aumento de valor y esto es contrario al principio de capacidad económica del artículo 31 de la Constitución Española y que podemos resumir en que si no tengo ganancia no tengo que pagar impuestos. Sin embargo, los efectos de esta Sentencia no son retroactivos.

El Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre de 2021, ha adaptado la regulación del impuesto a la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional analizada en el siguiente sentido:

  • Solo se pagará plusvalía si existe incremento de valor.
  • La plusvalía se aplica a todas las operaciones inmobiliarias sobre terrenos urbanos, incluidas las de menos de un añ
  • Se establecen dos fórmulas alternativas para calcular la base imponible:
    • Una parecida a la declarada inconstitucional, aplicando unos coeficientes correctores al valor catastral del inmueble.
    • Otra, por la diferencia entre el valor de compra y el de venta.

Sentencia Plusvalía Municipal

Situación Actual de la Sentencia sobre la Plusvalía Municipal

Actualmente nos encontramos en la siguiente situación a la hora de abordar o no el pago del impuesto de plusvalía:

El Tribunal Constitucional ha declarado que si no existe incremento de valor en las operaciones inmobiliarias no se devenga el hecho imponible del impuesto. Esto implica lo siguiente:

  • Todas las liquidaciones del tributo, por devengos anteriores al 10 de noviembre de 2021, fecha de entrada en vigor de la nueva regulación del impuesto por Real Decreto-ley 26/2021, impugnadas en plazo, deben declararse nulas de pleno derecho.
  • El resto de operaciones inmobiliarias liquidadas en los 4 últimos años se podrán rectificar y solicitar la devolución de ingresos indebidos si, conforme a la STC 57/2012 y STC 126/2019, podemos acreditar que no hubo incremento de valor o si, aún habiendo existido, la cuota tributaria pagada nos ha llevado a tener pérdidas en la operación.
  • En cambio, a la vista de la Sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de octubre de 2021, no podremos reclamar su devolución por el mero hecho de no existir fórmula para el cálculo de la cuota tributaria por cuanto, como hemos visto, ha declarado que los efectos de la sentencia no son retroactivos.

Si necesitas asesoramiento acerca de tu situación y derechos, no dudes en contactar con nuestros abogados de urbanismos para reclamar la plusvalía municipal.

Luis J. Solana

Abogado

La importancia de estar bien asesorado.